Más facilidades para la declaración de los no residentes con vivienda en España

A partir de ahora, bastará con una declaración al año.

Hacienda ha eliminado las trabas burocráticas a la hora de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de los no residentes (IRNR). A partir de 2024, estos contribuyentes con inmuebles alquilados en España podrán declarar anualmente del 1 al 20 enero del año siguiente.

Así lo apunta el ministerio en una orden ya publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Hasta ahora, los residentes en otros países estaban obligados a declarar estas rentas trimestralmente y a presentar una declaración por inmueble. «Suponía una complejidad y un elemento de presión fiscal indirecta que era claramente discriminatorio respecto a los residentes en España».

La Orden del Ministerio subraya que «podrán agruparse varias rentas obtenidas por un mismo contribuyente siempre que correspondan al mismo código de tipo de renta, procedan del mismo pagador, les sea aplicable el mismo tipo de gravamen y, además, si derivan de un bien o derecho, procedan del mismo bien o derecho». No obstante, tratándose de rendimientos de inmuebles arrendados o subarrendados no sujetos a retención podrán agruparse con esos requisitos.

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Blazquez & Planas Assessoria
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